viernes, 20 de noviembre de 2020

Corto y largo plazo ¿Cuál es el mejor?

Es importante saber diferenciar el largo plazo del corto. Pero no solo eso, debes darte cuenta de que el largo plazo es mucho mejor, y verlo todo con perspectivas de futuro te ayudará a ganar el día a día. Mi opinión sobre el porqué tanta gente está obsesionada con el corto.

Hoy día la gente se vuelve muy impaciente porque no consigue resultados con rapidez. Al ver que la gran mayoría en internet predica que se puede conseguir grandes resultados siendo joven y de manera sencilla, esto les provoca inseguridad y creen que si no lo consiguen en un periodo corto de tiempo, jamás podrán conseguirlo.

Déjame decirte algo, cada camino es distinto. Aquel que ves presumiendo de sus resultados a corto plazo está tan centrado en gustar a los demás que no tiene otra misión que esa, ser bien visto por la gente. Las redes sociales han hecho que todo lo que nos importe ahora sea el caer bien a la gente, el número de me gustas, impresiones o comentarios te pondrá en una valía ficticia superior a otros.

Pero, es realmente un fracaso no ser “popular” en redes sociales? Para mí, es un fracaso pasar tus días intentando serlo. La gran mayoría de la gente buscan seguidores por tener reconocimiento social, que hoy día vale más que el propio dinero.

En el corto plazo, buscar la aprobación de los demás y hacerles ver que estás en tu mejor versión sólo te dará popularidad. En el largo plazo, te darás cuenta que has malgastado tus mejores años para construir algo en la opinión ajena. Antepones los gustos de otros a los tuyos

En el corto plazo, centrarte en la mejora personal supondrá sacrificios, llantos, perder amigos, soledad. No es atractivo para la gente que dediques tu tiempo a ti mismo. Las personas son egoístas y quieren que formes parte de su diversión y te lo pases bien con ellos. En el largo plazo, centrarte en tu arte (trabajo, negocio) y en tu misión personal te dará reconocimiento social, felicidad, éxitos. Aquellos años que la gente creías que malgastaste de repente se vuelve en la mejor decisión de tu vida porque gracias a ello, has conseguido con pasión llegar a un objetivo. Ahora te das cuenta de que todos esos esfuerzos no quedan en vano, de que cada minuto empleado y cada pequeño esfuerzo cuenta.

Más allá de ser reconocido, el largo plazo es para construir tu legado, para cuidar de tu familia, para devolverles todo aquello que te han dado, para poder vivir una vida más tranquila y feliz y asegurar a los tuyos que tú serás capaz de darles estabilidad y tranquilidad.

Ahora, elige bien tu camino. Elige tus preferencias entre corto y largo plazo. Actúa cada día por una razón, no dejes que tus acciones se deban a la opinión de otros sobre tu vida. “Para un barco sin puerto, cualquier viento le es favorable”. Y créeme, el largo plazo merece la pena.

Puede que no estés viviendo tus mejores días, puede que estés perdiendo la fe o la pasión por lo que haces, pero tienes la gran ventaja de que estás vivo y puedes hacer algo al respecto .Cambia al largo plazo. El futuro es próspero solo para aquellos que trabajan y son conscientes en el presente.

miércoles, 3 de junio de 2020

Los impuestos: ¿“el precio de una sociedad civilizada”?

LOS gobiernos sostienen que los impuestos son un mal necesario, “el precio de una sociedad civilizada”. Seamos o no de la misma opinión, es innegable que dicho precio por lo general es elevado.

Los impuestos pueden dividirse en dos categorías: directos e indirectos. Entre los directos figuran los que recaen sobre los beneficios empresariales, los bienes inmuebles y la renta. Este último es probablemente uno de los más impopulares, sobre todo en países donde su cálculo es progresivo, es decir, a mayores ingresos, mayor gravamen. Sus críticos afirman que este sistema penaliza la dedicación y el éxito laborales. Entre los impuestos indirectos hallamos los aranceles aduaneros y los que gravan el consumo, por ejemplo, de licor o de tabaco. Aunque estos son menos obvios que los directos, representan una gran carga económica, sobre todo para el sector pobre de la población.

 Hay que admitir que los gobiernos hacen grandes desembolsos económicos a fin de suministrar y mantener los servicios necesarios.  Los impuestos se utilizan para costear  sueldos y proporcionar carreteras, escuelas, hospitales y servicios postales y de recolección de basura.

Los impuestos también sirven de estrategia para desincentivar determinadas conductas. Por ejemplo, se supone que las tasas sobre las bebidas alcohólicas reducen su consumo excesivo, razón por la cual en muchos países hasta el 35% del precio de venta al público de la cerveza va a parar al Estado. El tabaco también está sujeto a un fuerte gravamen.

El público en general reconoce que los impuestos son necesarios y no objeta al pago que le corresponde. No obstante, las famosas palabras atribuidas a Tiberio César parecen ciertas: “El buen pastor esquila al rebaño, no lo despelleja”.











viernes, 3 de enero de 2020

Cambios fiscales más importantes para 2020

1. Arrendamiento
Se propone hacer obligatoria la emisión de facturas por parte del arrendador. También se establecerán juicios de arrendamiento de inmuebles, en donde se obligue al arrendatario a pagar rentas vencidas. No se autorizarán pagos vencidos al arrendador si éste no acredita haber expedido las facturas respectivas.

2. Ventas por catálogo
Para facilitar el cobro del Impuesto sobre la Renta (ISR) en las ventas por catálogo, las empresas mayoristas deberán retener el impuesto del vendedor particular. Esta retención será sobre la ganancia, tomando en cuenta el precio de venta al minorista y el precio de venta sugerido en los catálogos.  Antes, el vendedor por catálogo estaba obligado a pagar directamente el impuesto al Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo que complicaba su ejecución.

3. Ahorro
Para 2020 se propone elevar del actual 1.04 por ciento a 1.45 por ciento la tasa de retención por concepto de ISR para las inversiones en el sistema financiero. Dicho cobro no es sobre el interés obtenido por los ahorradores, sino sobre el capital. El Gobierno explicó que la actualización es debido a que el rendimiento neto (rendimiento nominal menos inflación) de los instrumentos financieros se ha incrementado.

4. Plataformas digitales
Todos los prestadores de servicios a través de plataformas digitales pagarán ISR mediante una retención de las plataformas. Para el sector de servicios de transporte terrestre de pasajeros, como Uber, así como entrega de bienes, se establecen tasas de retención mensual de 2 a 8 por ciento. Para la prestación de servicios de hospedaje, como Airbnb, de 2 a 10 por ciento. Para enajenación de bienes y prestación de servicios, que es la categoría general, de 3 a 17 por ciento. En tanto, las empresas digitales que se encuentren en el extranjero y que ofrezcan servicios de descarga de contenidos multimedia, almacenamiento de datos, intermediación entre terceros y de publicidad, tendrán que pagar vía electrónica 16 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

5. Outsourcing
Las personas morales o empresa y las personas físicas con actividad empresarial que reciban servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a efectuar la retención del IVA. El acreditamiento del IVA y la deducción de las erogaciones, tratándose de subcontratación laboral, procederá siempre que se cumpla con la obligación de retención y entero del impuesto.

6. Estrategias fiscales
Los asesores fiscales estarán obligados a reportar sus estrategias contables al SAT o serán multados hasta con un millón de pesos. La reforma pretende combatir las estrategias de planeación fiscal agresiva y aumentar la recaudación en consecuencia.  El fisco tendrá 8 meses para determinar sí un esquema es válido o no.

7. Deudas empresariales
Se limitará a las empresas la deducción de intereses derivados de deudas. Esta medida que va en contra de las grandes compañías que adquieren préstamos muy altos. Se podrá deducir hasta 30 por ciento de los intereses que pagan las empresas en el País a partir de 2020. Los primeros 20 millones de pesos de intereses serán totalmente deducibles, por lo que la limitación de deducción aplicará a montos superiores a ese umbral.

8. Quiebras
Se propone que, cuando una empresa enfrenta un proceso de liquidación, los administradores, socios o accionistas sean responsables solidarios. Anteriormente, si la empresa presentaba en forma su declaración fiscal, avisaba al SAT en caso de un cambio de domicilio y permanecía localizable, el fisco los exentaba de la responsabilidad solidaria. Sin embargo, al eliminar esa exención, las autoridades podrán cobrar los adeudos fiscales de la empresa del patrimonio de los administradores, socios y accionistas. La medida tiene como objetivo desincentivar el uso de "liquidaciones culposas", es decir, emplear las liquidaciones como estrategia de evasión fiscal. Sin embargo, la medida preocupa, ya que se incrementa el riesgo que enfrentan los empresarios al echar a andar un proyecto de negocio.

9. Bebidas
Se propone incrementar el IEPS sobre bebidas saborizadas a una cuota aplicable de 1.2705 pesos por litro, desde la cuota actual de 1.17 pesos. De acuerdo con el Gobierno federal, se trata de un ajuste inflacionario y se recuerda que este gravamen tiene como fin desincentivar el consumo de estos productos debido al impacto negativo que tienen en la salud. Hasta ahora, la Ley establece que el ajuste se realiza cuando se alcanza una inflación acumulada de 10 por ciento, mientras que la propuesta plantea un ajuste anual.

10. Fiscalización
Se proponen requisitos más estrictos para la obtención de la firma electrónica y se amplían las causales de cancelación de certificados de sellos digitales. Por ejemplo, cuando un contribuyente ha sido publicado en las listas definitivas del artículo 69-B (vinculado con operaciones inexistentes), se podría proceder a la cancelación de los sellos digitales, aún sin ejercer facultades de comprobación. De acuerdo con analistas, esta medida puede dar lugar a actuaciones no deseables por parte de las autoridades fiscales, por lo que es importante que sea analizada para considerar no sólo las facultades de comprobación y recaudación de las autoridades, sino también la seguridad jurídica de los contribuyentes.

Esta información, es lo más relevante y lo que ha sido tema de debate en distintos Estados de nuestra República. Así mismo señaló que la "Nueva Reforma Fiscal" ya fue publicada en el Diario Oficial  de la Federación y entrará en vigor en fecha 1 de Enero de este año próximo 2020.